La oficina jurídica del Arzobispado de Santa Cruz pone a disposición algunas orientaciones referidas al incremento salarial previsto para esta gestión, toda vez que “El aumento salarial alcanza u obliga también a las entidades, dependencias y organismos de la Iglesia Católica como empleadores, porque no se exime o libera de estas obligaciones aún siendo de carácter religioso y de servicio social sin fines de lucro”.
BOLETIN JURIDICO 1/16 – OFICINA JURIDICA
Incremento salarial 2016 – Decreto Supremo 2748 del 01/05/2016
y Resolución Ministerial Nº 444/16 del 13/05/16
Incremento salarial 2016
El incremento salarial dispuesto por ley para el año 2016 es para todos los trabajadores del sector privado aplicable a todas las modalidades de contratos de trabajo asalariado, deberá ser acordado entre el sector patronal y laboral, sobre la base del seis por ciento (6%) del Haber Básico, que según al Resolución Ministerial No 444/16, es “la remuneración que corresponde a cada trabajadora y trabajadora en contraprestación por su trabajo, en función a un nivel, categoría o cargo, sobre el cual pueden adicionarse conceptos salariales como horas extraordinarias, bono de antigüedad, recargo nocturno, salario dominical y otros conceptos remunerativos. En ningún caso el haber básico puede ser inferior al salario mínimo nacional”.
El Salario Mínimo Nacional para el año 2016 aumenta (de Bs. 1656.- que era para el 2015) a Bs 1805.- Tiene efecto retroactivo al 1º de enero de 2016, mismo que debe ser efectivizado hasta el 31 de mayo del presente, para ello debe suscribirse el respectivo Convenio Colectivo de Incremento Salarial, mismo que deberá presentarse hasta el 30 de junio virtualmente al Ministerio de Trabajo.
El Incremento Salarial 2016 no es obligatorio para personal de la institución o empresa privada que ocupe cargos de Presidentes, Vicepresidentes, Miembros de Directorio, Gerentes, Sub Gerentes, Directores Generales, Ejecutivos o cargos de igual jerarquía que tengan un nivel salarial acorde al cargo asignado.
Bono de antigüedad y subsidios
Se deberá considerar el nuevo salario mínimo nacional a efectos de pagar el bono de antigüedad según la escala legal y subsidios.
RC IVA 2016
Los montos alcanzados por el RC IVA cambian a partir de este nuevo salario mínimo nacional 2016. Los alcanzados son lo que ganan más de 4 salarios mínimos nacionales, neto de AFPs. El 2016 el salario mínimo es Bs 1805, multiplicado por 4 es igual a Bs. 7220. Entonces si tengo un total ganado de Bs. 8272, le resto el 12.71%, tengo sueldo neto de Bs. 7220.63 lo que significa que estoy alcanzado por el RC IVA. Entonces la persona que está alcanzada es aquella que tiene un total ganado igual o mayor a Bs. 8272.-
El aumento salarial alcanza u obliga también a las entidades, dependencias y organismos de la Iglesia Católica como empleadores, porque no se exime o libera de estas obligaciones aún siendo de carácter religioso y de servicio social sin fines de lucro.
Santa Cruz de la Sierra, 16 de mayo de 2016.
Abg. Tito Antonio López Aparicio – Asesor Jurídico ASC