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miércoles 7 junio 2023
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Decreto Arzobispal: “Protocolo Específico de Bioseguridad frente al COVID-19 para la Arquidiócesis de Santa Cruz”

Campanas. De acuerdo al Código de Derecho Canónico (CDC) de la Iglesia Católica que regula nuestra organización y funcionamiento como estructura visible en la que se encuentran en plena comunión los que cumplen los vínculos de la profesión de fe, los sacramentos y el régimen eclesiástico (Can. 205 CDC);

Que, las leyes civiles a las que se remite el derecho de la Iglesia, deben observarse en derecho canónico con los mismos efectos, en cuanto no sean contrarias al derecho divino ni se disponga otra cosa en el derecho canónico” (Can. 22 CDC);

Que, las autoridades de salud del Estado Plurinacional de Bolivia dispusieron mediante leyes y decretos de cumplimiento obligatorio para toda la ciudadanía, varias medidas de mitigación, prevención y contención de la Pandemia del Coronavirus (COVID-19), que son necesarias para precautelar la salud de la población, constituyendo una de estas obligaciones cumplir con los protocolos específicos de bioseguridad, por lo que en nuestro caso como Arquidiócesis hemos elaborado el “PROTOCOLO ESPECIFICO DE BIOSEGURIDAD FRENTE AL COVID-19 PARA LA ARQUIDIOCESIS DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA”, que comprende el Instructivo de bioseguridad específico para la celebración de la eucaristía en la cuarentena flexibilizada, documento sin el cual no estaríamos autorizados para celebrar la eucaristía;

POR TANTO:

Mons. SERGIO ALFREDO GUALBERTI CALANDRINA, Arzobispo de la Arquidiócesis de Santa Cruz de la Sierra, ponderadas todas las circunstancias, a tenor de derecho,
DECRETA:

PRIMERO: Aprobar y promulgar el “PROTOCOLO ESPECIFICO DE BIOSEGURIDAD FRENTE AL COVID-19 PARA LA ARQUIDIOCESIS DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA”, que fue presentado a las autoridades del Estado Plurinacional de Bolivia por el representante legal de la Arquidiócesis en cumplimiento de la ley, DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO para la celebración de la eucarística mientras dure la emergencia sanitaria y las cuarentenas, para todos los sacerdotes diocesanos y religiosos, diáconos, vida consagrada y fieles laicos sin excepciones, en todo el territorio de la Arquidiócesis de Santa Cruz de la Sierra – Bolivia.

SEGUNDO: Ante el incumplimiento del “PROTOCOLO ESPECIFICO DE BIOSEGURIDAD FRENTE AL COVID-19 PARA LA ARQUIDIOCESIS DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA”, una primera consecuencia es una severa amonestación verbal con el llamado de atención y conminatoria para que cumpla el Protocolo, con la advertencia de que independientemente de esta medida eclesiástica, dejando constancia que a sola denuncia del incumplimiento ante las autoridades civiles competentes, éstas podrán invocar la ayuda de la fuerza pública e iniciar acciones legales contra el infractor por atentado a la salud pública.

Es dado y promulgado en el Arzobispado de Santa Cruz de la Sierra el 13 de julio de 2020, fecha desde la que es plenamente obligatorio (Can. 8 § 2. CDC).

 

Mons. Sergio Alfredo Gualberti Calandrina
ARZOBISPO DE LA ARQUIDIOCESIS
DE SANTA CRUZ

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Graciela Arandia de Hidalgo



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